En Shimadzu, creemos que las consideraciones ambientales relacionadas con los productos deben abarcar todo su ciclo de vida, desde la adquisición de materiales y piezas hasta su eliminación. Para reducir el impacto ambiental de los productos a lo largo de su vida útil, estos se diseñan con base en una política de bajo impacto ambiental.
Reducir el impacto ambiental de todos los productos nuevos
Todos los productos nuevos de Shimadzu se desarrollan para tener un menor impacto ambiental durante todo su ciclo de vida que los modelos anteriores. Shimadzu añadió que «los nuevos productos deben ser más respetuosos con el medio ambiente que los modelos anteriores» como nuevo criterio de evaluación para el desarrollo de nuevos productos. Esto implica una evaluación general de si el producto es más eficiente energéticamente, más pequeño, más ligero o genera menos emisiones de CO₂ a lo largo de su vida útil, incluyendo la consideración de mejoras en su rendimiento.
Además, creamos pautas de diseño de productos y especificamos criterios a tener en cuenta, como mayor vida útil del producto, menos materiales de embalaje, productos comunes y facilidad de desmontaje para su eliminación, de modo que el personal involucrado en el desarrollo y el diseño esté constantemente consciente de los factores ambientales y los incorpore en los diseños.

Evaluación de productos con ACV
El Análisis del Ciclo de Vida (ACV) es un método para evaluar el impacto ambiental de los productos a lo largo de diversas fases, desde la extracción de los materiales que los componen hasta la producción, distribución, uso, eliminación y reciclaje. La evaluación de los últimos modelos de nuestros espectrómetros de fluorescencia de rayos X por dispersión de energía (EDX), certificados con etiqueta ecológica, reveló que, además de un ahorro energético del 44 % en comparación con los modelos convencionales, no requieren nitrógeno líquido y son compactos y ligeros, lo que permite una reducción del 55 % en las emisiones de CO₂. Continuaremos la evaluación de productos mediante el ACV y, en el futuro, ofreceremos productos respetuosos con el medio ambiente con un mejor rendimiento ambiental.

Política de Adquisiciones y Compras Verdes
Los materiales utilizados en los productos Shimadzu se adquieren mediante un sistema de gestión de la cadena de suministro para forjar sólidas alianzas con proveedores dentro y fuera de Japón. Esto contribuye a un mayor entendimiento mutuo y a una relación que permite a ambas partes crecer y desarrollarse.
Cumplimiento de diversas leyes y regulaciones
Respuesta a la normativa relativa a las sustancias químicas contenidas en los productos
Desde julio de 2014, la Directiva RoHS* 1 se aplica a los instrumentos analíticos y de medición, así como a los sistemas médicos, y Shimadzu suministra productos que cumplen con la RoHS a países europeos. Para garantizar el cumplimiento de la Directiva, adquirimos materiales según los Normas para el aprovisionamiento ecológico, evaluamos las condiciones de gestión de la cadena de suministro mediante inspecciones in situ y realizamos análisis voluntarios de los materiales adquiridos utilizando instrumentos analíticos y de medición. Además, cooperamos con nuestros socios comerciales mediante reuniones explicativas y diálogos para mantener la calidad de la cadena de suministro en su conjunto. Asimismo, en respuesta a la aplicación más estricta de la Directiva RoHS y los reglamentos REACH* 2, estamos implementando un sistema de gestión del contenido de sustancias químicas para identificar y gestionar en detalle las sustancias químicas contenidas en los productos y así reducir aún más la carga ambiental.
Para que estos esfuerzos tengan éxito, es fundamental la "Compra Verde", que consiste en adquirir preferentemente materiales con menor impacto ambiental, basándose en una mejor colaboración con proveedores nacionales e internacionales. Shimadzu forjará una sólida relación que permitirá a ambas partes crecer y desarrollarse mediante transacciones.
- *1. RoHS: Directiva de la UE sobre la restricción de determinadas sustancias peligrosas (2011/65/UE)
- *2. El Reglamento sobre el Registro, la Evaluación, la Autorización y la Restricción de Sustancias Químicas, que entró en vigor el 1 de junio de 2007.



